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ASPECTOS ÉTICOS Y DE DERECHOS HUMANOS
A. Las personas (técnicos?) que entran al Panteón no se identifican, del mismo modo que no se han colocado sus nombres en el Convenio Específico suscrito con el MEC, lo que dá aún más misterio a todo el ocultamiento previo .(Ver "Cuarto. Integración del Equipo Técnico"). Nadie está registrado, ni en el convenio, ni se registran en el Cementerio cuando concurren a manipular los restos del patriota Vaimaca Peru, además de ser acompañados por "muchos curiosos" según se ha informado.
Entonces nos preguntamos ¿quiénes, qué personas, con nombre y apellido, se hacen responsables de todo lo que allí está sucediendo? ¿Por qué desde hace tiempo se ha retirado el Pabellón Nacional del féretro de Vaimaca, y no aparece en ninguna parte del Panteón Nacional? ¿Lo retiró el Ministerio de RR.EE. o el MEC sin explicitar motivos? No hay nadie que controle todos esos aspectos. Esto no es una ética de científicos ni de universitarios, desde mi forma de ver.
Cómo se explica que la Dra. Sans, que tradujo y publicó parte de la obra de Paul Rivet, en su libro "Los últimos charrúas", (Anexo 13), que en la pág.87, escriba : "las semejanzas singulares que ofrece el cráneo de Perú en relación con el tipo braquicéfalo que Verneau describió en los Patagones, y con los cráneos Araucanos de la Patagonia.", y en la pág. 88: "La estatura (de Vaimaca Peru) presenta resultados similares a los obtenidos en base a los índices craneanos." Esto significa una morfología diferente a la charrúa, y más parecida a otros tipos raciales, todo lo cual está en conocimiento de la autora de dicho libro, que es una traducción prácticamente exacta, puesto que la he cotejado. Entonces acá parece que hay una falta de ética profesional ya sea porque, o la Dra. Sans no escribió tal libro donde figura como autora, o no lo leyó, o hace caso omiso a lo ya descubierto por Rivet, al asentar en el Convenio que se trata de tomar el ADN de un charrúa auténtico. También lo olvida en declaración a "Últimas Noticias del 4/10/2002, (Anexo 14), en que vuelve a asegurar que Vaimaca es "Charrúa puro", sabiendo que no lo es.
Un concepto similar sobre la falta de ética encontramos en la pág.9, "Prólogo" en que expresa la Dra. Mónica Sans: "Asimismo, la obra de Rivet finaliza con un detallado estudio antropométrico de Vaimaca Peru, en base al esqueleto que se encuentra en Musée de l'Homme de París, que por su temática no ha sido incluido en esta edición." Pues bien, esa infinidad de mediciones es la que se pretende volver a realizar,(sólo del cráneo hay 51 medidas), y si no la incluyó la Sra. Sans en su traducción, me permito sugerir se consulten dichas medidas, (Anexo 1), que tienen la ventaja de ser más exactas que las que se realicen actualmente, porque datan de una fecha anterior a 1930, fecha en que el esqueleto conservaba mayor integridad que al presente. Acá habría una prueba irrefutable de lo innecesario de las mediciones, y del ocultamiento de que ya se han realizado. (además incluyo adjunto otras mediciones tomadas por uruguayos, Badano Repetto y Helm, y publicadas por el Antropólogo Horacio Solla, Anexo 2).
Pero aún en la hipótesis de que se tratara de un charrúa puro, de todos modos sería necesario una Ley especial donde se evaluaran cuidadosamente todos los estudios a realizar, ya que la Ley de Repatriación no habilita los mismos. Además, siendo varón, el ADN mitocondrial no lo trasmitiría a sus hijos, y el ADN nuclear no es tan específico, de modo que muy poco aportaría una sola muestra para un conocimiento real de los charrúas, y menos que se aplicara el resultado de una muestra a poblaciones, lo que no es correcto en la metodología científica. Aún si fuera charrúa puro, la ofensa a la dignidad de los muertos, la desestimación hacia los descendientes, basada en la discriminación, se produciría de la misma manera que en el caso de Vaimaca. DE MODO QUE AUNQUE EL ADN DE VAIMACA FUERA CHARRUA TAMBIÉN SE ESTARÍA VIOLANDO SU DERECHO HUMANO A LA PRIVACIDAD, A LA CONFIDENCIALIDAD DE ASPECTOS DE SU VIDA, ENFERMEDADES, ETC.; Y POR SOBRE TODO, NADA HABILITA A NINGUNA PERSONA NI INSTITUCIÓN A MANIPULAR RESTOS HUMANOS YA SEAN DE CHARRÚAS PUROS O MESTIZOS: SON SERES HUMANOS COMO NOSOTROS, DE LA ESPECIE HOMO SAPIENS. El derecho que se avasalla es el de Vaimaca y el de sus Descendientes, quienes solicitaron su repatriación, y creemos que el MEC podría dar mensajes tendientes a promover el respeto a los Derechos Humanos, y enaltecer los valores morales y éticos como forma de educar o reeducar a nuestra sociedad. Sobre la innecesaria reiteración de mediciones fue muy claro el Antropólogo Forense Horacio Solla, quien manifestó al suscrito que habiendo sido invitado a integrar el Equipo Técnico para efectuar los estudios que se están realizando, y aunque se daban circunstancias económicas favorables, se negó a hacerlo por cuestiones éticas, ya que según dijo textualmente: "No es ético que vuelva a repetir estudios que ya hice con anterioridad". (se adjuntan fotocopias de dichos estudios, ya mencionados, -los que se abstuvieron de mencionar en el Convenio-, donde proyectan repetir los mismos como si fueran una novedad, y lo más grave, como si Vaimaca Peru aún estuviera en dependencias museísticas o forenses, NO QUERIÉNDOSE RECONOCER QUE DEBE RESPETARSE SU DIGNIDAD DE SER HUMANO Y DE FALLECIDO COMO A CUALQUIERA DE NOSOTROS).
B. En fallo del TAC (Tribunal de Apelaciones en lo Civil) en el considerando II, (Anexo 6, pág.4) cita los derechos constitucionales que corresponden a los individuos en general-principalmente el de igualdad- y las previsiones humanistas referidas a las minorías étnicas en particular (art. 27 "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", O.N.U 1966).
PUES VÉASE EL TEXTO REFERIDO, al que el TAC no le adjudica ninguna vinculación con el tema: (además es de 1966, y actualmente rigen otras disposiciones éticas y de DD.HH., actualizadas, que ya veremos). "Artículo 27.-(Tomado de Internet.):
En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma."
Comentario: A pesar de ser esta una disposición algo antigua sobre Derechos Humanos, y restringida en sus alcances, tampoco ha sido tomada en cuenta por el TAC a pesar de haberla citado. Este Art. 27, está implicando que es un deber ético el respeto a las creencias y formas de vida de los seres humanos, sin importar su color, raza ni status.
En la pág. 7 del Fallo del TAC , Anexo 6, se dice algo insólito:"parece que no pudiera dubitarse en el caso, dada la inexistencia de una voluntad contraria del Cacique manifestada en vida...", significando que Vaimaca debía haber previsto que a 170 años de su muerte a alguien se le ocurriría tomarle un ADN, que no se sospechaba iba a existir, y dejar su voluntad expresa de que no se le hiciera tal análisis!!! (En realidad, no se expresa nunca una persona por lo negativo, sino que se firma por lo positivo, es decir, expresando que se acepta donar órganos, que se acepta se hagan estudios post mortem, etc.)
A Vaimaca Perú se le ha tomado ya como un objeto arqueológico, ya como un indio, pero aún si se le hubiera tomado como indio, y respetado su dignidad de tal, se habrían respetado como ellos acostumbraban hacerlo, sus restos mortales. Es muy conocido el luto y los rituales mortuorios que tenían los indios, especialmente los charrúas, e incluso se sabe que en los cementerios de indios está hasta prohibida la entrada, tanto es el respeto y la dignidad que profesan ante la muerte. En este caso, no ha habido respeto.
Pongamos un ejemplo: si estuviera en nosotros, como sociedad democrática el disponer las exequias de una persona que fue católica en su vida, aunque nosotros no fuéramos creyentes, respetaríamos la dignidad y voluntad del fallecido, por ejemplo colocando una cruz sobre su tumba. Se comprenderá ahora, Sr. Ministro que no se ha respetado ni se está respetando la paz de la tumba y la dignidad del patriota Vaimaca Perú.
C. Otra contradicción que ofende los derechos humanos es la que expresa el TAC en el Considerando V, cuando llega a la conclusión que los restos no han sido inhumados, dice que "la conclusión arribada surge de la circunstancia de que los restos se hallan en las mismas condiciones en que viajaron de Francia, las que no son las adecuadas para la preservación de los mismos y su estancia infinita en el Panteón Nacional". A partir de este razonamiento quedan en evidencia 2 cosas: Primero, que el TAC supone que "inhumar" es solamente el momento en que se coloca restos mortales en una urna, lo que conocemos por "reducción", y segundo, y ésto es más grave, el TAC toma partido por la preservación infinita de los restos de Vaimaca, al estilo de los procedimientos museísticos, que nada tienen en común con las inhumaciones y reducciones que se practican a los cadáveres de los seres humanos corrientes como nosotros.¡La Justicia tomando partido por la conservación infinita, tal cual se hace en los Museos!
Estos conceptos denotan falta de ética y discriminación, ya que a los muertos hay que proporcionarles el tratamiento natural e igualitario de todas las personas, y tratarlos como seres humanos en su dignidad ya en vida como en muerte.
Porque da que pensar que si el TAC quiere preservarlos indefinidamente, puede ser con el propósito de exhibirlos o tenerlos a mano para nuevos e interminables estudios. De no ser así, ¿ cuál sería el propósito de darle un tratamiento diferente al de los demás restos mortales? Y este oprobio, ya la Ley de Repatriación lo había observado y por tal motivo se solicitó la devolución de los restos a Francia, donde estaban siempre en una vitrina con elementos de preservación. Además, el TAC considera que no ha sido inhumado, en contra de lo que afirman personas y organismos competentes en tal materia, como el Dr. Korzeniak, la IMM, el Ministerio de R.R.E.E. y el propio Dr. Mercader, el periodismo (Anexo 15 y 15 bis), afirman que sí se realizó la inhumación, el día 19 de julio de 2002. Creo que toda vez que se realiza un sepelio, se "inhuma" el cadáver, y a posteriori se efectúa la reducción en una urna, y se deja que la naturaleza actúe sobre los restos mortales sin agregarle conservantes como se ha pensado para este caso, según se manifiesta más abajo.
Además de la falta de ética y de respeto a la dignidad de los muertos, aparece una violación clara a los Derechos Humanos, ya que se da un tratamiento a los restos mortales de un ser humano, como si fueran los restos de una entidad inferior, de un animal o de un hallazgo arqueológico que hay que someter a estudios y utilizarlos como si fueran una rareza, de acuerdo con concepciones ya totalmente superadas en ésta época.
D. En el Convenio Específico, en la parte denominada: "QUINTO: ACTIVIDADES". Al final dice: "finalizados los estudios los restos quedarán prontos para su colocación en la urna diseñada por el MEC". Esto me resulta muy confuso, dado que, si se pretende inhumar los restos, ésta es una tarea que textualmente según la Ley, corresponde al Ministerio de RR.EE., y no al M.E.C.
Por otro lado, el Licenciado Alvaro Mones, uno de los técnicos que trabaja sobre Vaimaca, afirmó en público, y ante la presencia del Sr. Juez Cavalli, que dicha urna tendría un gas especial para la preservación artificial de los huesos de Vaimaca Perú. También expresa lo mismo el Sr. Schiavonne, asesor del ex Ministro Dr. Mercader, en nota de informativo de TV que obra en mi poder. Esto constituye otra falta de ética clara al no respetar los restos humanos de una persona identificada, un ciudadano y patriota uruguayo, y tratarlos como restos arqueológicos.(La ciudadanía de Vaimaca surge de los Artículos 7º y 8º de la Constitución de 1830).
Lo anteriormente expuesto, se correlaciona con otro hecho sucedido hace cerca de un año, cuando la Dra. Mónica Sans, técnica del equipo que trabaja sobre los restos de Vaimaca, solicitó a una integrante de ADENCH, la arquitecta Elena Gil, si le podrían proporcionar dos molares de Vaimaca, cuando fuera repatriado, a efectos de trabajar con el ADN, para un proyecto denominado "Diversidad del Genoma Humano", proyecto internacional que estudia las migraciones del hombre, entre otras cosas, formando un banco de datos de ADN, está financiado con capitales del Primer Mundo, y no tiene ninguna relación con el estudio de los charrúas en particular.
E. Otro punto a señalar en que se ha incurrido en falta de ética, ha sido en no solicitar una autorización, o al menos comunicar a los descendientes, o acordar con los descendientes, los estudios que se pensaba realizar y el motivo de extraer muestras de ADN. Se ha demostrado por la Justicia, que el convenio realizado por el MEC, se hizo "de espaldas a la sociedad", lo que ya constituye una falta de ética, pero más aún cuando se ignoran totalmente a los descendientes y parientes lejanos, del cacique Vaimaca Perú.
Adjunto consideraciones publicadas en Ultimas Noticias el 17/10/2002 de la Jueza Dra. Jubette, (Anexo 5), y que en su Despacho expresó que ella misma , como ciudadana, tenía el derecho a conocer todo lo que se había estado ocultando.
Para ilustrar los conceptos que se manejan actualmente en UNESCO, por ejemplo, digamos que el Comité International de Bioéthique (CIB), cuyo presidente es el Dr. Héctor Gros Espiell, profesor de Derecho Internacional, ha elaborado un informe del cual transcribiremos un fragmento, y que adjuntamos aparte. (Anexo 17 y 17 bis).
El concepto de UNESCO sobre la utilización de muestras genéticas de personas fallecidas, (44.Muestras post mortem. Principio Director 17), debe ajustarse a determinadas normas éticas, y se justificarían solo en casos de autorizaciones legales por temas de justicia, o con la autorización del pariente más próximo a la persona fallecida, o cuando "la persona sobre la cual la muestra es tomada, está fallecida desde un período tan largo que no existe la eventualidad razonable de ofender a sus descendientes identificables. Si una comunidad contemporánea se considera con razón ligada a los restos humanos que caen en esta categoría, habría que obtener su consentimiento antes de la toma de una muestra."
Transcribimos el comentario de UNESCO sobre lo anterior: "Es generalmente admitido que los muertos deben ser tratados con respeto, siendo esta última noción variable según la cultura. El examen de ADN de un muerto constituye potencialmente un atentado al derecho a la vida privada poseída por esta persona durante su vida."
También: "Las disposiciones concernientes a las personas fallecidas en un pasado lejano, reconocen que los derechos morales poseídos por los muertos se debilitan con el tiempo. Existen sin embargo, comunidades que manifiestan una gran sensibilidad hacia los restos humanos, así fuesen ellos muy antiguos, y este sentimiento debería ser respetado. Se agrega importante y actualizada Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos del Hombre, de UNESCO, (Anexo 18), que Uruguay debe aceptar y aplicar. Se reconoce que los investigaciones sobre el genoma humano deben ser respetuosas con la dignidad, la libertad y los derechos del hombre, así como que la confidencialidad de los datos genéticos asociados a una persona identificable, deben ser protegidos dentro de las condiciones previstas por l a ley, etc. Se agregan palabras del Dip. Michelini expresando que fueron los Descendientes quienes solicitaron al Parlamento en 1990 la Repatriación de los Charrúas y otras consideraciones (Anexo 19) y foto del lamentable estado en que dejaron el Panteón los visitantes coordinados por el MEC el día 27/9/2002. (Anexo 20).
Otro documento actual, relacionado con estos temas éticos y de derechos humanos que quisiera mencionar, es la ley de la República Argentina Nº 25517, COMUNIDADES INDÍGENAS (Anexo 21). Establece que, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen, los restos mortales de aborígenes, que forman parte de museos y/o colecciones públicas o privadas. Sancionada: Noviembre 21 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 14 de 2001. El artículo 3º señala que: "Para realizarse todo emprendimiento científico que tenga por objeto a las comunidades aborígenes, incluyendo su patrimonio histórico y cultural, deberá contar con el expreso consentimiento de las comunidades interesadas.
Con carácter general, ha trasuntado todo lo actuado por el MEC y la Universidad de la República, una falta de transparencia, de difusión informativa, y un desconocimiento del respeto que se debe a la dignidad humana y a la comunidad de descendientes de la persona fallecida sobre la cual se han planificado numerosos estudios. Otro elemento que falta a la ética de los Derechos Humanos es que se violará la confidencialidad de la vida privada del patriota Vaimaca Perú, al obtener datos reservados y luego darlos a publicidad de forma conjunta entre el MEC y la UR, como se ha programado. Acá también notamos una falta de ética profesional, ya que nunca se dan ese tipo de datos privados tales como si tuvo sífilis, etc, en el caso de los ciudadanos y personas comunes. Por algo no se ha hecho lo mismo con los restantes fallecidos del Panteón Nacional o con Artigas, por ejemplo.
Lo que subyace en estos trabajos dirigidos por el Ministerio de Educación y Cultura es, a mi modo de ver, un atentado a los Derechos Humanos de un patriota, basados en un presupuesto de discriminación racial, es decir, se somete al cadáver a estudios repetitivos porque era indio. He estudiado todo este tema y no encuentro otra explicación convincente, aunque podría incluirse el afán de protagonismo, o factores pecuniarios que pudieran surgir como recompensa de esas actuaciones.
Pero aún en todas las hipótesis posibles, se aprecia la falta de ética profesional, una falta ética general del comportamiento, ya que no se respeta la dignidad del ser humano como tal, siendo este es un tema que nos incumbe a todos, y que debemos ponerle freno para que no se haga habitual, y ya que no ha sido prevenido por la Justicia, se haga costumbre por la impunidad de que ha gozado en este caso.
El Uruguay del presente no es como el de antes, en que estos hechos serían inconcebibles, dado que la ciudadanía guardaba otros valores éticos y morales sobre la igualdad, la ética profesional, y el respeto con que se debía tratar todo lo inherente al ser humano. Pienso que si no cambiamos el rumbo en los valores espirituales, tampoco nos sustentaremos en el simple pero necesario materialismo , y la crisis, que comienza siendo moral, se va transformando en económica y material indefectiblemente.
Creo, Sr. Ministro, que Ud. compartirá bastante de lo que aquí he expresado con la mejor intención de informar, pero a su vez, esperando de Ud. actos que vuelvan a enaltecer los valores éticos que se han visto oscurecidos sin que Ud. personalmente haya sido responsable.
Además agradeceré mucho su punto de vista respecto a los temas que se han manejado, como la inhumación del cadáver, su preservación "in eternum", la falta de cristalinidad, la violación de la privacidad de Vaimaca, la falta de controles sobre quienes actúan, de qué forma lo hacen, que harán con el ADN, el exceso que sobrepasa los cinco días autorizados para la realización de los estudios, y como se controla dicha duración, la interpretación de la ley Nº 17256, que no persiguió el objetivo de colocar los restos mortales de Vaimaca como patrimonio histórico y cultural de la Nación, en fin, sobre el espectáculo bochornoso que se brinda en el cementerio por personas que manipulan un muerto- Héroe Nacional-, soldado de Artigas que combatió por nuestra libertad, en el honorable ámbito de nuestro Panteón Nacional. Ha causado muy mala impresión a visitantes del Interior que venían a honrar a Vaimaca y se encontraron que estaba fuera del ataúd y colocado en una mesita, el pabellón Nacional rastreando el suelo, etc., en ese ámbito que consideraban respetable,-casi sagrado. (se adjunta vista interior).
Pensemos que el sólo hecho de declarar a un muerto patrimonio cultural e histórico de la Nación, ya resulta inapropiado y anacrónico en un País civilizado y que se jacta de respetar los Derechos Humanos. Tengamos la ética de no quitarle a Vaimaca Peru sus derechos humanos, ya que simplemente no fue más que un ser humano, simplemente, un hombre. Y ante esto de nada vale argumentar si era indígena, si fue inhumado, si era charrúa, o patriota, y todos aquellas referencias que nos desvían del recto camino hacia el respeto a la dignidad humana de Vaimaca.
Esperando su esclarecida opinión sobre lo expuesto, lo saluda cordialmente,
Lic. José Eduardo Picerno
Psicólogo |
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