Facultades de la Junta de Neutrales
Art. 1º - Una vez por año, la Liga Española de Deportes del Uruguay
organizará juegos de salón agrupados bajo la denominación de "Olimpíadas de
Juegos de Salón de Instituciones Españolas", entre sus afiliados.
Art. 2º - Compete a la Junta de Neutrales de la Liga, en acuerdo con
los Sres. Delegados acreditados de las instituciones participantes, reunidos conjuntamente
a los efectos, la organización, programación, control y reglamentación de los
mencionados juegos.
Art. 3º - Tendrá la Junta de Neutrales la facultad de fijar sedes,
horarios, árbitros, veedores, fiscales y todo el personal necesario para el mejor
desarrollo de los juegos.
Art. 4º - La Junta de Neutrales adjudicará las sub-sedes sorteadas entre todas las
instituciones participantes.
De los Juegos
Art. 5º - Los juegos incluidos en las Olimpíadas son los siguientes:
Damas, dominó, cerca da raia, cerca da raia femenina, rana, rana femenina y los
siguientes juegos de baraja: tute, escoba, escoba femenina, truco, brisca, mus, conga
mixta y conga femenina.
(Continuará...)